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Una carpeta sin emblema en primer plano de un paisaje portuario brasileño imaginario.

1 de octubre de 20263 min de lecturaАдминистратор

Brasil cambia las reglas de liquidación eFX con socios en el exterior

Desde el 1 de octubre rige una restricción a los activos virtuales en un tramo concreto de la liquidación eFX. Es clave revisar la ruta real del pago.

La Resolución BCB n.º 561 entró en vigor el 1 de octubre de 2026. Aprobada el 30 de abril, la norma limita en Brasil el tramo de liquidación entre el proveedor de eFX y la contraparte en el exterior: se excluyen los activos virtuales y se permiten una operación de cambio o una cuenta de no residente en reales en Brasil. El requisito abarca también los ajustes y las operaciones de devolución entre estas partes.

Qué tramo se ve realmente afectado

El comprador puede ver un precio normal, el checkout de siempre y la confirmación del pedido. Desde la interfaz no se ve cómo liquida el proveedor con su socio en el exterior. Precisamente por eso, la empresa debe distinguir entre el pago del comprador y el movimiento posterior de los fondos dentro de la cadena financiera.

En un escenario hipotético, un vendedor extranjero recibe ingresos de compradores brasileños a través de un intermediario de pagos. Para evaluar si el cambio le afecta, hay que establecer el papel de ese intermediario y la forma de liquidar con la parte extranjera. Que exista una stablecoin en algún punto del grupo empresarial no responde la pregunta; lo decisivo es su uso concreto en el tramo afectado.

Octubre también es mes de trámites de registro

Para las entidades ya autorizadas que prestan servicios de eFX, la norma prevé registrar la actividad correspondiente en Unicad antes del 30 de octubre de 2026. Este plazo debe distinguirse de la fecha de entrada en vigor de la regla de liquidación.

Para el comercio, la consecuencia práctica es revisar dos cosas distintas: qué ruta se usa ahora y cómo acredita su estado la entidad que le presta el servicio. Una respuesta no sustituye a la otra. La entidad puede estar hablando de futuros trámites de registro, mientras que el esquema de liquidación ya requiere atención propia.

Las devoluciones merecen un lugar aparte en el análisis. Si la venta exitosa y el reembolso siguen caminos internos distintos, revisar solo el primero deja fuera una parte sustancial del servicio. El contrato comercial y el asiento contable deben permitir explicar ambos movimientos.

Esta noticia se refiere a la entrada en vigor de una norma aprobada con anterioridad. No confirma una prohibición general de todas las operaciones con stablecoins en Brasil. Su aplicabilidad a un modelo concreto debe verificarse con el texto vigente y con un especialista local.

Qué debe revisar un vendedor extranjero

Si la empresa cobra a compradores de Brasil a través de un intermediario, conviene pedirle una breve descripción por escrito del esquema:

  • Qué entidad actúa como proveedor en el país y cuál es su papel en la cadena.
  • Cómo se liquida con la parte extranjera: operación de cambio, cuenta de no residente en reales u otra ruta, y si cambió desde el 1 de octubre.
  • Cómo se procesan los reembolsos y ajustes y si su ruta coincide con la de la venta principal.
  • Si el proveedor completó los trámites de registro previstos antes del 30 de octubre y cómo lo acreditará.
  • Cómo afectarán los cambios a los plazos de abono, el tipo de cambio y las comisiones para el vendedor.
  • Quién avisará al vendedor si hay que rediseñar el esquema y con qué antelación.

Riesgos y limitaciones

Si el intermediario usaba antes activos virtuales en el tramo de liquidación, rediseñar la ruta puede afectar temporalmente la velocidad de los pagos o el costo de conversión. El vendedor debería seguir los plazos reales de abono y el tipo de cambio en las primeras semanas tras el cambio y compararlos con los datos anteriores.

Otro riesgo es tener una visión incompleta. La respuesta del proveedor puede describir el flujo principal, pero no las excepciones: reembolsos parciales, disputas y ajustes de importes. Es justamente ahí donde suelen aparecer las discrepancias contables. Por último, este análisis no sustituye una evaluación legal: las conclusiones sobre la aplicabilidad de los requisitos a un modelo concreto deben basarse en el texto vigente de la resolución y en especialistas locales.

Fuentes

  1. 1.bcb.gov.br/estabilidadefinanceira/exibenormativo?numero=561&tipo=Resolu%C3%A7%C3%A3o+BCB
  2. 2.bcb.gov.br/detalhenoticia/21110/nota

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